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CONVENIO · ESTATAL

Convenio Seguros, reaseguros y mutuas 2026: tabla salarial con pluses

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Tabla oficial 2025: BOE, publicada el 23 jul 2026 · comprobada el 20 oct 2026 · Ver en el boletín oficial ↗
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¿Te han despedido? Lo que vale y el plazo ↓

SUELDO GARANTIZADO · AL AÑO
17.094 – 45.853 €
Salario base + compensación general por primas · 9 categorías
Primer nivel adulto: Nivel 9 · Grupo IV, 15.708 €/año · 9,28 €/hora con una jornada de 1.692 h al año
Solo el base: 13.860 – 40.459 €
≈ 979 – 2.207 € netos por paga (soltero/a sin hijos, contrato indefinido; retenciones AEAT 2026)
¿Cobras al menos esto?
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BOE-A-2026-16077 15 pagas Comprobado 20 oct 2026 Servicios

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NIVELBASE/AÑOPLUSES FIJOSGARANTIZADO≈ /MES
Grupo I
Nivel 1Tarifas, auditoría, asesoría legal, análisis de sistemas 40.459 + 5.395 45.853 3.821
CÓMO SE CALCULA · AL AÑO
Salario base FIJO 2.697,25 €/mes × 15 pagas 40.459 € ¿Error?
Compensación general por primas FIJO art. 36 2.697,25 € × 2 = 5.394,50 €/año 5.395 € ¿Error?
Total garantizado ≈ 3.821 €/mes ÷12 45.853 € ¿Error?

¿Una cifra no cuadra con tu nómina o con el convenio? Toca «¿Error?» en esa línea.

SI TE APLICA · NO SUMADO
PERSONAL Antigüedad art. 35 importe no calculable: cifra no localizada en el boletín
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Nivel 2Tarifas, auditoría, asesoría legal, análisis de sistemas 34.221 + 4.563 38.784 3.232
CÓMO SE CALCULA · AL AÑO
Salario base FIJO 2.281,40 €/mes × 15 pagas 34.221 € ¿Error?
Compensación general por primas FIJO art. 36 2.281,40 € × 2 = 4.562,80 €/año 4.563 € ¿Error?
Total garantizado ≈ 3.232 €/mes ÷12 38.784 € ¿Error?

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SI TE APLICA · NO SUMADO
PERSONAL Antigüedad art. 35 importe no calculable: cifra no localizada en el boletín
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Nivel 3Tarifas, auditoría, asesoría legal, análisis de sistemas 29.163 + 3.888 33.052 2.754
CÓMO SE CALCULA · AL AÑO
Salario base FIJO 1.944,23 €/mes × 15 pagas 29.163 € ¿Error?
Compensación general por primas FIJO art. 36 1.944,23 € × 2 = 3.888,46 €/año 3.888 € ¿Error?
Total garantizado ≈ 2.754 €/mes ÷12 33.052 € ¿Error?

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SI TE APLICA · NO SUMADO
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Grupo II
Nivel 4Siniestros, emisión de pólizas, contabilidad, administración 24.950 + 3.327 28.276 2.356
CÓMO SE CALCULA · AL AÑO
Salario base FIJO 1.663,32 €/mes × 15 pagas 24.950 € ¿Error?
Compensación general por primas FIJO art. 36 1.663,32 € × 2 = 3.326,64 €/año 3.327 € ¿Error?
Total garantizado ≈ 2.356 €/mes ÷12 28.276 € ¿Error?

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SI TE APLICA · NO SUMADO
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Nivel 5Siniestros, emisión de pólizas, contabilidad, administración 21.746 + 2.899 24.645 2.054
CÓMO SE CALCULA · AL AÑO
Salario base FIJO 1.449,73 €/mes × 15 pagas 21.746 € ¿Error?
Compensación general por primas FIJO art. 36 1.449,73 € × 2 = 2.899,46 €/año 2.899 € ¿Error?
Total garantizado ≈ 2.054 €/mes ÷12 24.645 € ¿Error?

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SI TE APLICA · NO SUMADO
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Nivel 6Siniestros, emisión de pólizas, contabilidad, administración 18.880 + 2.517 21.398 1.783
CÓMO SE CALCULA · AL AÑO
Salario base FIJO 1.258,68 €/mes × 15 pagas 18.880 € ¿Error?
Compensación general por primas FIJO art. 36 1.258,68 € × 2 = 2.517,36 €/año 2.517 € ¿Error?
Total garantizado ≈ 1.783 €/mes ÷12 21.398 € ¿Error?

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SI TE APLICA · NO SUMADO
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Grupo III
Nivel 7Recepción, conducción, archivo, datos, apoyo administrativoBase bajo el SMI; el total lo supera, rige la tabla 16.521 + 2.203 18.724 1.560
CÓMO SE CALCULA · AL AÑO
Salario base FIJO 1.101,41 €/mes × 15 pagas 16.521 € ¿Error?
Compensación general por primas FIJO art. 36 1.101,41 € × 2 = 2.202,82 €/año 2.203 € ¿Error?
Total garantizado ≈ 1.560 €/mes ÷12 18.724 € ¿Error?

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SI TE APLICA · NO SUMADO
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Nivel 8Recepción, conducción, archivo, datos, apoyo administrativoLa tabla no llega al SMI: rige el SMI (17.094 €/año) 14.498 + 1.933 17.094 1.425
CÓMO SE CALCULA · AL AÑO
Salario base FIJO 966,55 €/mes × 15 pagas 14.498 € ¿Error?
Compensación general por primas FIJO art. 36 966,55 € × 2 = 1.933,10 €/año 1.933 € ¿Error?
Tablano llega al salario mínimo16.431 €
SMI 20261.221 € × 14 = 17.094 €17.094 €
Total garantizado ≈ 1.425 €/mes ÷12 17.094 € ¿Error?

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SI TE APLICA · NO SUMADO
PERSONAL Antigüedad art. 35 importe no calculable: cifra no localizada en el boletín
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Grupo IV
Nivel 9En vigor solo hasta el 1/1/2026: sus personas pasan al Grupo III / Nivel 8La tabla no llega al SMI: rige el SMI (17.094 €/año) 13.860 + 1.848 17.094 1.425
CÓMO SE CALCULA · AL AÑO
Salario base FIJO 923,98 €/mes × 15 pagas 13.860 € ¿Error?
Compensación general por primas FIJO art. 36 923,98 € × 2 = 1.847,96 €/año 1.848 € ¿Error?
Tablano llega al salario mínimo15.708 €
SMI 20261.221 € × 14 = 17.094 €17.094 €
Total garantizado ≈ 1.425 €/mes ÷12 17.094 € ¿Error?

¿Una cifra no cuadra con tu nómina o con el convenio? Toca «¿Error?» en esa línea.

SI TE APLICA · NO SUMADO
PERSONAL Antigüedad art. 35 importe no calculable: cifra no localizada en el boletín
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¿Ves un error en alguna cifra?
Importes en € brutos al año. Base en 15 pagas; compensación general por primas en 1. ≈ /mes = anual ÷ 12, para compararlo con una nómina prorrateada. El SMI (17.094 €/año) se compara con el total.

SI TE DESPIDEN

Si te despiden de forma improcedente: unos
1.545 €por año trabajado

Para Nivel 9 · Grupo IV · primer nivel adulto · tabla 2025

Aproximado; depende de tu salario real y antigüedad.

Tu tabla suma 15.708 €/año, menos que el SMI. La cifra sale del SMI (17.094 €/año), que es lo mínimo que se cobra.

Con tus fechas y tu salario real. También te damos el último día para reclamar.

Calcular mi caso y el plazo
AVISO POR CORREO

Avísame si cambia esta tabla

Un correo cuando el convenio de Seguros, reaseguros y mutuas publique una tabla salarial nueva o corregida, y solo entonces: suele pasar una vez al año. Sin boletín ni otros correos.

JORNADA art. 52
1.692 horas/año Calcula tus horas extra →

La jornada máxima de trabajo será de 1.692 horas de trabajo efectivo en cómputo anual.

VACACIONES art. 57

Las personas trabajadoras afectadas por el Convenio general, presentes en 1 de enero de cada año, disfrutarán dentro del mismo de veinticinco días laborables en concepto de vacaciones anuales.

Calcula tus días de vacaciones →
Texto del convenio en el BOE · BOE-A-2026-16077

Salario mínimo por categoría según las tablas salariales publicadas en el BOE. Es el suelo legal para cualquier empresa del sector en España — tu nómina no puede estar por debajo.

Cuánto cobra: Administrativo/a

Pluses del convenio

Solo los fijos entran en el garantizado. Los condicionales y personales dependen de tu caso.

PLUS · REGLAIMPORTEVECES/AÑOEXTRASABSORBIBLEVIGENCIA
Compensación general por primasFIJOart. 36 SIN IMPORTE FIJO × 1 Sí — Vigente Dos mensualidades adicionales a las 15 de la tabla, pagadas en marzo y septiembre, por un importe de al menos el sueldo base de tu nivel (si llevas más de un año en los niveles 4 a 8, se les suma además el complemento por experiencia).
AntigüedadPERSONALart. 35 importe no calculable: cifra no localizada en el boletín × 15 — — Vigente Solo en los niveles retributivos 4 a 8 (Grupos II y III): por cada año de permanencia en el nivel, a partir del primer año completo (carencia) y hasta un máximo de 10 años computados, se suma un múltiplo del importe anual de la Tabla de complemento por experiencia del nivel (anexo III/IV; p. ej. 421,46 €/año en el Nivel 4, dividido entre 15 pagas), pagado en 15 mensualidades. Al ascender de nivel se genera un nuevo multiplicador (la mitad del anterior, redondeado al alza) -- no representado aquí. Cuándo: Niveles retributivos 4, 5, 6, 7 y 8, con al menos 1 año de presencia en la empresa.
Complemento de Adaptación IndividualizadoPERSONALart. 38 SIN IMPORTE FIJO — — — Vigente Complemento personal integrado en las 15 mensualidades de la tabla; su importe es la diferencia individual arrastrada desde 1996 y evoluciona según lo que se negocie, el convenio no fija aquí una cuantía para 2025. Cuándo: Personal en plantilla a 31 de diciembre de 1996, por los conceptos procedentes de la estructura retributiva anterior ya derogada en esa fecha.
Plus de ResidenciaPERSONALDA segunda SIN IMPORTE FIJO — — — Vigente Se mantiene congelado en el importe que se viniera percibiendo a 31 de diciembre de 1996, actualizado en el mismo porcentaje que el Complemento de Adaptación Individualizado; el convenio no imprime aquí una cuantía para 2025. Cuándo: Personal en plantilla a 31 de diciembre de 1980 que ya viniera percibiendo el Plus de Residencia a 31 de diciembre de 1996.
Plus de Inspección (fuera del lugar de residencia habitual)CONDICIONALart. 39 2.217,31 €/año — — Sí Vigente Compensa el mayor esfuerzo y dedicación de las gestiones y viajes; puede ser absorbido por otras remuneraciones o mejoras voluntarias, salvo dietas y gastos de locomoción. Cuándo: Trabajas en Inspección, en tareas de producción, organización o inspección técnica administrativa fuera de la oficina, sin horario fijo, y lo haces fuera de tu lugar de residencia habitual.
Plus de Inspección (en el lugar de residencia habitual)CONDICIONALart. 39 1.108,64 €/año — — Sí Vigente Compensa el mayor esfuerzo y dedicación de las gestiones y viajes; puede ser absorbido por otras remuneraciones o mejoras voluntarias, salvo dietas y gastos de locomoción. Cuándo: Trabajas en Inspección, en tareas de producción, organización o inspección técnica administrativa fuera de la oficina, sin horario fijo, y lo haces en tu lugar de residencia habitual.
Plus de turnicidad rotativaCONDICIONALart. 54 20 % base — — — Vigente Como mínimo el 20% del sueldo base mensual, correspondiente al mes en que se produce la rotación. Cuándo: Estás sujeto a rotación horaria por turnos de trabajo.
Trabajo nocturnoCONDICIONALart. 54 15 % base — — — Vigente Incremento mínimo del 15% sobre el sueldo base mensual por las horas trabajadas en periodo nocturno. Cuándo: Trabajas en horario nocturno, salvo que tu salario ya se haya fijado por naturaleza nocturna del puesto o se compense con descansos.
Trabajo nocturno en noches especiales (24 y 31 de diciembre)CONDICIONALart. 54 40 % base — — — Vigente Incremento mínimo del 40% sobre el sueldo base mensual por las horas trabajadas esas noches especiales, en lugar del 15% ordinario. Cuándo: Trabajas el turno de noche del 24 o del 31 de diciembre.
Trabajo en festivosCONDICIONALart. 54 75 % valor de la hora ordinaria trabajada en festivo cada vez — — Vigente Las horas trabajadas en el día festivo se incrementan, como mínimo, en un 75%, salvo descanso compensatorio. Cuándo: Trabajas en día festivo sin haber sido contratado específicamente para ello ni tenerlo compensado con descanso.
Complemento personal de Programadores/as de Primera a 31-12-1996PERSONALDT tercera 8,79 €/mes — — — Vigente 8,79 euros mensuales (131,89 euros/año en 15 pagas), que evolucionan igual que el sueldo base y solo se absorben con el sueldo base de un nivel superior al ascender. Cuándo: Pertenecías a la categoría de Programador/a de Primera a 31 de diciembre de 1996.
Complemento personal de Actuarios/as y Abogados/as a 31-12-1996PERSONALDT cuarta SIN IMPORTE FIJO — — — Vigente Importe igual a la diferencia individual entre el antiguo sueldo base y el nuevo sueldo base del Nivel asignado en la Tabla Salarial 1997; el convenio no imprime una cuantía para 2025. Cuándo: Eras Actuario/a, Abogado/a o Actuario/a Jefe/a o Jefe/a de Asesoría Jurídica a 31 de diciembre de 1996, con sueldo base fijado por las Órdenes Ministeriales de 1 de junio de 1963 y 15 de octubre de 1975.
¿Te pagan todo esto?
Escribe lo que cobras en total y tus años en la empresa. Te decimos si llegas, plus por plus.
Comprobar mi sueldo
Gratis, anónimo, sin registro.
Tabla salarial y pluses de BOE-A-2026-16077, arts. 4, 34-40, 45, 54, 56-57, 64, 86, 95, DA 2ª y 7ª, DT 1ª, 3ª y 4ª, anexos I-IV. Cada plus cita su artículo; leídos y verificados el 5 oct 2026. Verificado contra el registro de convenios del Ministerio de Trabajo (REGCON) el 17 oct 2026.
¿Cobras al menos esto?
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