Qué hacer si me pagan menos de lo que marca el convenio
Si tu salario base está por debajo de la tabla de tu convenio, la empresa te debe la diferencia de cada mes. No puedes renunciar a ese dinero (art. 3.5 del Estatuto de los Trabajadores) y tienes un año para reclamarlo. Esta guía explica cómo comprobarlo y qué pasos seguir.
¿Cómo sé si de verdad me pagan menos?
Antes de reclamar, confirma tres cosas:
- Tu convenio. El que corresponde a la actividad de tu empresa en tu provincia (ver qué convenio me aplica).
- Tu grupo o categoría. El de las funciones que haces de verdad, no solo el que pone la nómina.
- La cifra correcta. Compara tu salario base con el salario base de la tabla, y con el número de pagas del convenio. Comparar el bruto total con el salario base de la tabla lleva a error.
Por ejemplo, en el convenio estatal de Jardinería, 2026, un oficial jardinero tiene un salario base de 1.371,12 € al mes en 15 pagas. Si tu nómina de oficial jardinero muestra 1.302,77 € (la cifra de la categoría de jardinero), te faltan 68,35 € al mes, 1.025,25 € al año.
Con esos datos, nuestra herramienta para comprobar tu nómina te dice en un minuto si estás por debajo y cuánto te falta al mes.
¿Puede ser legal cobrar menos que la tabla?
En pocos casos:
- Inaplicación del convenio («descuelgue»): la empresa puede dejar de aplicar la tabla por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, pero solo con acuerdo de los representantes de los trabajadores o por arbitraje, y con un procedimiento formal (art. 82.3 ET). No basta con decírtelo.
- Jornada parcial: la tabla es para jornada completa; a tiempo parcial cobras en proporción a tus horas.
- Contratos formativos: el contrato de formación en alternancia tiene reglas salariales propias (art. 11.2.m ET).
Fuera de esos casos, el contrato no puede fijar condiciones menos favorables que el convenio (art. 3.1.c ET).
¿Cómo reclamo las diferencias?
- Pídelo por escrito a la empresa. Un correo o una carta con lo que cobras, lo que marca el convenio (cita el artículo y el boletín) y la diferencia mensual. Guarda copia. Muchas veces se arregla aquí.
- Habla con la representación de los trabajadores o con un sindicato. Si hay comité de empresa o delegados, pueden reclamarlo por ti o acompañarte.
- Papeleta de conciliación. Si la empresa no paga, el paso previo obligatorio a la demanda es una conciliación ante el servicio de mediación de tu comunidad autónoma (art. 63 de la Ley reguladora de la jurisdicción social). Se presenta con un formulario y no hace falta abogado.
- Demanda ante el juzgado de lo social, si en la conciliación no hay acuerdo. Es una reclamación de cantidad.
Además, puedes denunciar ante la Inspección de Trabajo, que puede requerir a la empresa y sancionarla. La denuncia no sustituye a la reclamación judicial de tu dinero.
Si compruebas tu nómina y el resultado es que estás por debajo de la tabla, te ofrecemos preparar la reclamación: un resumen de la diferencia con la cita oficial de tu convenio, para llevarlo a la empresa o a quien te asesore.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
Un año desde el día en que debiste cobrar cada cantidad (art. 59.2 ET). En la práctica: puedes reclamar las diferencias de los últimos doce meses, y cada mes que pasa sin reclamar se pierde el más antiguo. La papeleta de conciliación interrumpe ese plazo.
¿Me deben intereses?
Sí. El interés por mora en el pago del salario es del 10 % anual de lo adeudado (art. 29.3 ET).
¿Me pueden despedir por reclamar?
No por ese motivo. Un despido como represalia por reclamar tus derechos vulnera la garantía de indemnidad, protegida por la Constitución, y los tribunales lo declaran nulo, con readmisión y pago de los salarios no cobrados. Conviene que tu reclamación conste por escrito y con fecha.
¿Y si la empresa no paga nunca o se retrasa siempre?
La falta de pago o los retrasos continuados en el pago del salario son causa para que pidas la extinción del contrato ante el juez, con la indemnización del despido improcedente (art. 50.1.b ET). Si la empresa es insolvente, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) paga los salarios pendientes con los límites del artículo 33 ET. Esa extinción es una situación legal de desempleo (art. 267.1.a.5.º LGSS), así que da derecho al paro: calcula cuánto cobrarías.
Un caso que no siempre es ilegal: tabla por debajo del SMI
Algunas tablas oficiales tienen salarios base por debajo del salario mínimo interprofesional. Ejemplo con nuestros datos: en Limpieza Badajoz, tabla 2026, las categorías más bajas tienen un salario base de 869,84 € al mes en 15 pagas, 13.047,60 € al año, por debajo de los 17.094 € del SMI 2026. Eso no autoriza a pagarte menos del SMI: tu retribución total anual debe llegar al mínimo. Lo explicamos en convenio frente al SMI.
Esta guía es información general, no asesoramiento jurídico. Para reclamar, la representación de los trabajadores, un sindicato, un graduado social o un abogado laboralista pueden revisar tu caso.
Fuentes
- Estatuto de los Trabajadores, arts. 3, 26.5, 29.3, 33, 50.1.b y 59.2
- Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social, art. 63